The Popular News New York New Jersey edition
Inicio Comida peruana Bodas Peruvian Parade Contáctenos

<<<Regresar

Señora Monique Pineda, AIPEUC Past President (2003-2004)
Presente

De nuestra Consideración:

Los firmantes de este documento, AIPEUC-Past Presidentes, miembros del
Consejo Consultivo declinan su invitación a la reunión en Nueva York, citada
para el 8 del corriente por no haberse hecho por la autoridad competente
elegida de conformidad con los estatutos y Reglamentos de la Asociación.

Su agenda tiene el distinto propósito de conseguir la aprobación de un
organismo no reconocido por los Estatutos de la AIPEUC, un "BOARD OF
TRUSTEES". Mediante el cual se usurpa la autoridad otorgada al Señor Daniel
Jara, Presidente Nacional, Consejo Consultivo y Junta Directiva Nacional
aprobados en Asambleas de Miembros propiamente convocadas. Lo cual no es
moral aceptar por las razones siguientes:

1. La reunión del Concejo Consultivo convocada por Monique Pineda para el 27
de Mayo de 2005 en Nueva York careció del quórum mínimo de asistencia de sus
miembros.

Presentes estuvieron: Julio Salazar - Silvio Alva - Anselmo Pineda y
Monique Pineda.
Ausentes: Felipe Reinoso - Eddie Chavez - Sergio Massa - Carlos Flores -
Fernando Pineda y Hernán Carrión.
Resultado: 4 presentes - 6 ausentes.

Por consiguiente de acuerdo a las reglas parlamentarias todas las mociones y
acuerdos quedan nulos y sin efecto. Los Estatutos de AIPEUC no contemplan el
voto por proxy. Las cartas de protesta por el lugar de la convocatoria de
Sergio Massa, Carlos Flores y Fernando Pineda no pueden ser consideradas
como si ellos estuvieran físicamente presentes.

2. Conforme al Capitulo IX; Artículo 12 de los Estatutos de AIPEUC: El
Consejo Consultivo es la entidad de asesoramiento y consulta y esta
conformado por los ex presidentes de la Asociación de Instituciones
Peruanas. (Ver Reglamento Cap. VII, Art. 20). Este es un derecho otorgado
por la constitución de AIPEUC a Ex presidentes democráticamente elegidos y no
esta condicionado a nada.

3. La autodenominada moción-enmienda 30 de Mayo de 2005 esta sin efecto: Es
falso que se haya realizado la XXI Convención de AIPEUC en New York; por
consiguiente no hubo Asamblea extraordinaria de AIPEUC convocada por la
Junta Directiva Nacional. No hubo enmiendas presentadas conforme al Capítulo
XV Artículo 1. "Los Estatutos y Reglamento pueden ser modificados o
derogados en Asamblea General. A ese efecto se elevara, al Secretario, una
petición por escrito, 60 días antes de la Asamblea, la cual deberá ser
firmada por siete (7) miembros activos, señalando las razones que motivan
dicha petición."

4. La Junta Directiva no tiene la potestad de nombrar individuos al Concejo
Consultivo este es un derecho exclusivamente reservado para Presidentes de
AIPEUC democráticamente elegidos.

Atentamente

Sergio Massa AIPEUC 91-92
Hernán Carrión AIPEUC 93-94
Fernando D. Pineda AIPEUC 94-95
Carlos A Flores AIPEUC 95-97

<<<Regresar